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jueves, 17 de mayo de 2012

LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y VIDA SILVESTRE



CAPITULO I
Del Patrimonio Forestal Del Estado


CAPITULO IV
De las Plantaciones Forestales



DE LAS AREAS NATURALES Y DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES

CAPITULO I
Del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales



Art. 70.
Las áreas naturales del patrimonio del Estado se clasifican para efectos de su administración, en las siguientes categorías

EL ecuador cuenta con instituciones y autoridades encargadas de las áreas naturales. El ministerio del ambiente con la constitución y sus artículos promueve el cuidado del medio ambiente. Lamentablemente en la actualidad no se tiene un control total sobre los parques, reservas ecologías, etc. La administración financiera de estos lugares ecológicos está a cargo del estado con el fin de preservar el ecosistema y las especies que viven allí.
CAPITULO III

DE LA CONSERVACIÓN DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES



Art. 76.- La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería su conservación, protección y administración, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:


Los paramtros mencionados anteriormente sn ejercidos por la comunidad como e gobierno, sin embargo aun no hay un cumplimiento de las mismas,ya que no hay un comprmiso de las instituciones, y no hya un cumplimiento de las leyes de una forma total, sin embarg hay personas que se riguen a las leyes y las hacen cumplir. pero lamentable mente esto no es suficiente ya que no solo depende de las personas que hacemos y cumplimos las leyes, si no de todas las personas.

Cuidemos lo nuestro!!!!

HAGAMOS CUMPLIR LAS LEYES
El parque nacional Yasuni es una reserva única en el mundo. Nosotros los ecuatorianos ya es hora de que nos despertemos y nos opongamos a cualquier intento de explotar la naturaleza. Por más dinero que el petróleo nos dé, no iguala con la riqueza de ese paraíso natural..
Un día cuando ya no tengamos petróleo ni arboles ni aves, las futuras generaciones vendrán a pagar las consecuencias de la poca importancia que tenemos hoy de preservar el medio ambiente.. Dile NO a la explotación de los Recursos Naturales en las Aéreas Protegidas!!!

miércoles, 16 de mayo de 2012

 REGIMEN INSTITUCIONAL DE LA
GESTION AMBIENTAL
Del Desarrollo sustentables

                          ART.7.

LEY DE GESTION AMBIENTAL
Ámbito y Principios de la Ley
Ley de Gestion Ambiental - Ecuador



·  La Constitución Política de la República del Ecuador, reconoce a las personas, el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación; declara de interés público la preservación del medio ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país.

·    Establece un sistema nacional de áreas naturales protegidas y de esta manera garantiza un desarrollo sustentable.

·    La gestión ambiental se enmarca en las políticas generales de desarrollo sustentable para la conservación del patrimonio natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que establezca el Presidente de la República al aprobar el Plan Ambiental Ecuatoriano.